REPARACION DEL COLONIALISMO

Para que los colonialismos de ayer y de hoy no se repitan mañana

Naciones Unidas - Colonialismo

Enlaces en construcción, ver páginas en otros idiomas

La Naciones Unidas nacen en 1945 y fomentan el movimiento de decolonización que se desarrolla en la segunda mitad del siglo XX.

La Carta de las Naciones Unidas ya prevé, el Capítulo XI (Declaración relativa a territorios no autónomos), artículo 73, punto b, la obligación para los Miembros de las Naciones Unidas, que tengan o asuman la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio, de desarrollar el autogobierno de los pueblos.

El 14 de diciembre de 1960 la Asamblea general aprueba la resolución 1514 (XV) (Declaración sobre la concesión de independencia a los Paises y pueblos coloniales) que proclama solemnemente la necesidad de poner fin rápida e incondicionalmente al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones.

El 21 de diciembre de 1965 la Asambleageneral aprueba la resolución 2106 XX (Convención internacional sobre la eliminaciòn de todas las formas de discriminación racial) que reafirma que las Naciones Unidas han condenado el colonialismo y todas las prácticas de segregación y discriminación que lo acompañan, cualquiera que sea su forma y dondequiera que existan.

El 22 de noviembre de 1988 la Asamblea general aprueba la resolución 43/47 (Decenio internacional para la eliminación del colonialismo) que declara el peridodo 1990-2000 decenio internacional para la eliminación del colonialismo.

El 12 de diciembre de 1997 la Asamblea general apprueba la resolución 52/111 (Tercer decenio de la lucha contra el racismo y la discriminación racial y convocación de una conferencia mundial contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia) que decide convocar, después tres decenios de lucha contra el racismo y la discriminación racial, la primera conferencia mundial sobre el tema.

El 8 de diciembre de 2000 la Asamblea general aprueba la resolución 55/146 (Segundo decenio internacional para la eliminación del colonialismo) que declara el periodo 2001-2010 segundo decenio internacional para la eliminación del colonialismo.

Desde el 31 de agosto hasta el 8 de septiembre en Durban en Sudáfrica se desarrolla la Conferencia mundial contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, durante la cual muchos líderes presentes al debate exhortan al reconocimiento del pasado y a su reparación. En particular, los representantes de Zambia, Tanzania, Lesotho, Venezuela, Angola, Jamaica, Mexico, Namibia y Burkina Faso piden oficilmente, además de las excusas, la puesta en marcha de formas de reparación por parte de los países colonizadores. Al final de la conferencia se adopta la Declaración y Programa de Acción de Durban que en el punto 13 reconoce que la esclavitud y la trata de esclavos transatlántica, fueron tragedias atroces en la historia de la humanidad, no sólo por su aborrecible barbarie, sino tambi«n por su magnitud, su carácter organizado y, especialmente, su negación de la esencia de las víctimas, y reconoce asimismo que la esclavitud y la trata de esclavos, especialmente la trata transatlántica de esclavos, constituyen, y siempre deberían haber constituido, un crimencontra la humanidad [... ] En el punto 14 reconoce que el colonialismo ha llevado al racismo, la discriminacón racial, la xenofibia y las formas conexas de intolerancia, y que los africanos y los afrodescendientes, las personas de origen asiático y los pueblos indígenas fueron víctimas del colonialismo y continúan siéndolo de sus consecuencias. Reconoce los sufrimientos causados por el colonialismo y se afirma que, dondequiera y cuando quiera que ocurrieron, deben ser condenados y ha de impedirse que ocurran de nuevo. En el punto 99 reconoce y lamenta profondamente los masivos sufrimientos humanos y el trágico padecimientos de millones de ombre, mujeres y niños causados por la esclavitud, la trata de esclavos, la trata transatlántica de esclavos, el apartheid, el colonialismo y el genocidio, y hace un llamamiento a os Estados interesados para que honren la memoria de las víctimas de pasadas tragedias, y afirma que dondequiera y cuando quiera que hubieran ocurrido deben ser condenados y ha de impedirse que ocurran de nuevo. […] En el punto 100 reconoce y lamenta profondamente los indecibles sufrimientos y males infligidos a millones de ombre, mujeres y niños como resultado de la esclavitud, la trata de esclavos, la trata transatlántica de esclavos, el apartheid, el genocidio y pasadas tragedias. Observa también que algunos Estados han tomado la iniziativa de pedir perdón y han pagado una indemnización, en los casos procedentes, por las graves y masivas violaciones perpetradas.

El 12 de agosto de 2002 la Subcomisión para la promoción y protección de los derechos humanos(conocido como Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos ) adopta la resolución 2002/5
(Reconocimiento de la responsabilidad y reparaciones por las violaciones manifiestas y masivas de los derechos humanos que constituyen crímenes de lesa humanidad y que fueron cometidas durante el período colonial, de las guerras de conquista y de la esclavitud). En el punto 3 la resolución pide a todos los países involucrados que reconozcan su responsabilidad histórica y las consecuencias que de ella se derivan, y que tomen iniciativas que, en particolar mediante un debate basado en información fidedigna, permitan a la opinión pública tomar conciencia de las consecuencias nefastas de ls periodos de esclavitud, del colonialismo y de las guerras de conquista, y de la necesidad de una justa reparación. En el punto 4 recomienda que el reconocimiento público de la trata de esclavos y de la esclavitud como crímenes de lesa humanidad incluya la fijación de una fecha común para conmemorar cada año, en las Nacione Unidas y en todos los Estados, la abolición de la trata de esclavos y de la esclavitud. En el punto 5 subraya la importancia para los programas escolares y los estudios y la investigación universitarias, así como los medios de comunicación, de hacer suficiente hincapié en el reconocimiento de las violaciones manifiestas y masivas de los derechos humanos cometidas durante el período de la esclavitud, del colonialismo y de las guerras de conquista y para elaborar programas de enseñanza en materia de derechos humanos. En el punto 6 recomienda que se tomen iniciativas internacionales, nacionales o locales, en especial en los campos de la historia y la cultura, por medio de museos, exposiciones, actividades culturales y de proyectos de hermanamiento, que permitan contribuir a esta toma de conciencia colectiva. En el punto 7 estima que los crímenes de lesa humanidad y otras violaciones manifiestas y masivas de los derechos humanos, que no prescriben, deben ser objeto de enjuiciamiento por los tribunales competentes. En el punto 8 pide a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que inicie, de forma concertada, un proceso de reflexión sobre los procedimientos adecuados que permitan garantizar la aplicación de la presente resolución, en particular con respecto al reconocimiento y a las reparaciones.

El 10 de diciembre de 2010 la Asamblea general aprueba la resolución 65/119 (Tercero decenio internacional para la eliminación del colonialismo) que declara el periodo 2011-2020 tercero decenio internacional para la eliminación del colonialismo.

El 22 de diciembre de 2018 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la resolución 73/262 (Llamamiento mundial para la adopción de medidas concretas para la eliminación total del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y para la aplicación y el seguimiento generales de la Declaración y el Programa de Acción de Durban) en la cual, [...] acogiendo con beneplácito el llamamiento a reparación formulado a todas las antiguas Potencias coloniales, de conformidad con los párrafos 157 y 158 del Programa de Acción de Durban, para reparar las injusticias históricas de la esclavitud y la trata de esclavos, incluida la trata transatlántica de esclavos, […] alienta a la Relatora Especial […] a que presente informes a ese respecto al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General.

El 29 de octubre de 2019 la Relatora Especial de las Naciones Unidas Tendayi Achiume presenta el informe A/74/321 (Formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia) a la Tercera Comisión (Asuntos Sociales, Humanitarios y Culturales) de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Después de un análisis exhaustivo de las formas contemporáneas de discriminación racial heredadas de la esclavitud y del colonialismo transatlánticos aclara que las obligaciones en materia de derechos humanos de los Estados miembros en relación con las reparaciones se derivan, solo por mencionar las más importantes, de la Declaración sobre el Establecimiento de un nuevo orden económico internacional, de la Convención internacional sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación racial, de la Resolución sobre la Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos y de la Resolución sobre los Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones. Después de haber destacado algunos ejemplos y modelos así como las resistencias políticas y legales enumera una serie de recomendaciones para la implementación de las reparaciones del colonialismo y la esclavitud por parte de los Estados miembros.

Para más información:

Monumento permanente para honrar la memoria de las víctimas de la esclavitud y de la trata transatlántica de esclavos en las Naciones Unidas

Intervención de Ahmed Bujari en la sesión ordinaria del Comité de descolonización

Está aquí: Condena Naciones Unidas - Colonialismo